En todo proceso de transición entre un régimen y otro, uno de los momentos clave es el constitucional. Se trata de asentar las bases sobre las que el nuevo régimen tratará de despegar, tanto interna como externamente. Cuando el polvo levantado por las revoluciones se asienta, en el mejor de los casos lo hace sobre una buena constitución. En estos momentos, algunos de los protagonistas de la primavera árabe (Túnez, Egipto o Turquía, Marruecos hasta hace poco) están inmersos en dicha fase. Merece la pena, por lo tanto, acercarse a ver cómo progresan debates tan arduos como los constitucionales. Así lo hace el último número de Afkar/Ideas (otoño de 2011), que se ocupa en profundidad del proceso constitucional en todos estos países.
Una constitución es la ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. Los caminos que llevan a ella son varios. En el caso español, por ejemplo, la Constitución de 1978 fue el producto de un consenso entre los diferentes partidos políticos. La Ley para la Reforma Política de 1976 ofrecía la posibilidad de que la iniciativa de la reforma constitucional correspondiera al Gobierno o al Congreso de los Diputados. La opción elegida fue la segunda, encargándose esta tarea a las Cortes resultantes de la elecciones de 1977. El 6 de diciembre de 1978, la Constitución española era ratificada en referéndum.
En Marruecos, a instancias del rey Mohamed VI, la Constitución se acaba de reformar. Esta reforma ha sido redactada por un comité de notables y no por una asamblea constituyente. El método político empleado ha sido una concesión graciosa del monarca y no su reconocimiento explícito de la primacía de la soberanía popular. El 1 de julio, una nueva Constitución, que sustituye a la de 1996, era aprobada en referéndum. Aunque la nueva Carta Magna no aporta muchos cambios, la caída de tabúes anuncia reajustes en la escena política. No hay que esperar cambios estructurales a corto plazo, pero quizá sí una transición “tutelada” y gradual a medio y largo.
En Egipto, el debate constitucional, después de haberse centrado durante un tiempo en la hoja de ruta, se ha desplazado a la cuestión de la aprobación previa o no de unos principios supraconstitucionales que limiten la futura constitución. Los principales desafíos son establecer los vínculos entre Estado y religión, el papel del ejército y la elección de un régimen presidencial o parlamentario.
En Túnez quizá el debate más interesante gira en torno al papel de la mujer que debe consagrar la Constitución. En la actualidad, los derechos de las mujeres tunecinas se ven amenazados por un sector de la población adscrito a las interpretaciones más oscurantistas del islam. Por ejemplo, tratando de imponer el velo o impedir el trabajo femenino fuera de casa, o cantando las bondades de la poligamia. El 23 de octubre, los tunecinos deben elegir a los miembros de la Asamblea Constituyente.
Finalmente, en Turquía existe un consenso entre los grandes actores políticos en que el país necesita una nueva constitución. La actual Constitución turca es una reliquia autoritaria del golpe de Estado de 1980. El cambio constitucional se antoja necesario. La etnia kurda, el laicismo, la independencia del poder judicial serán algunas de las cuestiones a abordar. En las últimas elecciones, el partido liderado por el primer ministro, Recep Tayyip Erdogan, no logró la mayoría suficiente para poder redactar en solitario la nueva Constitución y someterla directamente a referéndum. “Los electores nos han dicho que debemos negociar la nueva Constitución –afirma Erdogan–. La haremos por consenso, con la participación de la oposición, de los partidos que no están en el parlamento y de las organizaciones de la sociedad civil”. Entre las reformas que promueve Erdogan, destaca el paso de un sistema parlamentario a uno presidencial.