Apátridas sin protección jurídica, son reducidos a la categoría de víctimas de situaciones fuera de su control. Es la ocasión de replantearse su estatuto.
Desde que se desencadenó en marzo de 2011, el conflicto sirio ha causado aproximadamente 100.00 muertos, además de centenares de desplazados internos y refugiados en los países vecinos. Entre esas víctimas, hay refugiados palestinos y sus descendientes, establecidos en el país tras el primer conflicto arabo-israelí de 1948. Bien integrados hasta la fecha en el paisaje social y económico sirio, de pronto se han encontrado atrapados entre un régimen baazista, cuestionado pero fiel a su causa, y una rebelión múltiple de orientaciones estratégicas aún imprecisas.
Aunque su situación actual difiera según las regiones, podemos decir que hay tres parámetros que la determinan: la evolución del propio conflicto armado, las estrategias de adaptación de los refugiados palestinos (desde la participación activa en el conflicto a la huida a países vecinos) y, en tercer lugar, las políticas de acogida de estos últimos. En consecuencia, al tener un estatus jurídico muy particular, se hallan en una situación específica que difiere de las otras categorías de refugiados engendradas por el conflicto sirio (sirios y refugiados iraquíes que recalaron en Siria a partir de 2003)…