Aunque no se ajuste literalmente a la definición de “protectorado” que encontramos en el derecho internacional, protectorado es el régimen impuesto en Irak, al norte del paralelo 36, desde mediados de abril por los aliados occidentales para garantizar la seguridad de los kurdos y lograr que vuelvan a sus hogares o a los campamentos levantados para darles cobijo.
Si a este protectorado internacional, que deberá ser puesto bajo control de la ONU lo antes posible, unimos la zona de seguridad de 15 kilómetros impuesta en el sur del país, en la frontera entre Irak y Kuwait, por la resolución 687 del 3 de abril, que regula el alto el fuego definitivo en la guerra del Golfo, y el control absoluto que todavía tiene la aviación estadounidense sobre el espacio aéreo iraquí, parece obvio que la participación de Irak es un hecho a pesar de todos los esfuerzos internacionales por evitar el desmembramiento del país.
Esta situación no es producto de ningún plan secreto sino resultado imprevisto dé la guerra civil librada en Irak tras la denota iraquí en Kuwait y de la acuciante necesidad de la sociedad internacional de actuar sin dilación para evitar la muerte de centenares de miles de kurdos y chiíes. Su huida masiva hacia las fronteras de Irán y Turquía en condiciones calamitosas que recogen a diario las cámaras de televisión occidentales forzó a los gobiernos aliados, dirigidos por Gran Bretaña y Francia, a echar por la borda compromisos firmes de no intervención en los asuntos internos iraquíes.
Sin televisión, la suerte de los kurdos hoy hubiese sido la misma que la de sus padres en el 74-75 o la de los armenios en 1915. Del principio de no injerencia, sacralizado en la sociedad internacional de la posguerra, hemos pasado en pocas semanas a recuperar y…