La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) –tribunal especial creado por el acuerdo de paz entre el Estado colombiano y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en 2016– acusó a finales de enero de este año a ocho líderes de la exorganización armada de haber promovido el secuestro como práctica masiva y sistemática, sometiendo a las víctimas y a sus familias a violaciones de derechos humanos. Pocos días después, la JEP anunciaba que investigaría a miembros del ejército colombiano por crímenes graves. El ejército habría ejecutado, al menos, a 6.402 civiles inocentes a los que presentó como guerrilleros ante la opinión pública, para dar la falsa impresión de que estaba ganando la guerra contra las FARC. Estas ejecuciones extrajudiciales son conocidas en Colombia como “falsos positivos”. El 78% de esos crímenes se cometieron entre 2002 y 2008, durante la presidencia de Álvaro Uribe.
La JEP, la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas forman el mecanismo de justicia integral establecido en el acuerdo firmado en La Habana en 2016, con el fin de que se cumplan los denominados “derechos de las víctimas”. Los tres organismos son complementarios, pero la JEP es el único con capacidad de juzgar crímenes de guerra y de lesa humanidad.
La JEP, según su definición oficial, tiene la función de administrar justicia transicional y conocer los delitos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016 en el marco del conflicto armado. Su existencia no podrá ser superior a 20 años y su trabajo se enfoca en los delitos más graves y representativos del conflicto armado, en particular aquellos cometidos por excombatientes de las FARC, miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado y terceros civiles. Según la Corte Constitucional, la participación de estos últimos…