El Tratado de Roma no preveía inicialmente una cooperación intensa de los países de la Comunidad en los ámbitos monetario y financiero. Sin embargo, el sistema monetario europeo ha sido desde su creación en el año 1979 y hasta bien entrados los años ochenta el eje más activo de cooperación en el ámbito comunitario. Cuando posteriormente, a mediados de la última década, la integración europea ha tomado nuevos bríos, expresados en el Acta Única europea y desarrollados en la creación de un mercado interior único, la unión monetaria europea aparece como el objetivo último necesario. Si no se alcanza la unión monetaria, está en peligro el mismo proceso de la unión económica y el mercado único: el mercado interior comunitario puede entrar en un proceso de involución. Efectivamente, el Tratado de Roma prestaba muy poca atención a la cooperación en los ámbitos monetario y financiero. El Tratado de Roma se ocupaba de que los países miembros de la Comunidad buscaran los tres objetivos que entendía básicos, el rápido crecimiento económico, la estabilidad de los precios y un equilibrio razonable de las balanzas de pago, utilizando cada país sus propios instrumentos monetarios y financieros en este ámbito. Apenas se preveía una modesta cooperación entre los países integrantes del área. De lo que se preocupaba el Tratado era que en el caso de que los países miembros encontrasen dificultades en el logro de aquellos objetivos básicos, los países en tales dificultades no echasen mano de un conjunto de recursos que pusieran en peligro el avance del Mercado Común que se estaba tratando de lograr mediante el desarme arancelario y mediante la eliminación de las limitaciones cuantitativas al movimiento de mercancías. Ciertamente, en el proceso de construcción del Mercado Común, a través de la reducción de las barreras arancelarias y de la eliminación…